Glosario · Regulación

Consentimiento libre, previo e informado (CLPI)

Actualizado · 2026-09-28
Definición

El consentimiento libre, previo e informado (CLPI, o FPIC en inglés) es el derecho de los pueblos indígenas, reconocido en la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, a dar o negar su consentimiento a proyectos que afecten sus tierras, territorios o recursos. También es una buena práctica con las comunidades locales.

También conocido como: FPIC

¿Por qué es importante?

La expansión de las materias primas puede afectar tierras que pueblos indígenas y comunidades locales poseen bajo tenencia consuetudinaria. El CLPI forma parte del requisito de legalidad del EUDR (Reglamento de la UE sobre Deforestación), y los criterios de evaluación del riesgo del EUDR incluyen la presencia de pueblos indígenas, la consulta de buena fe y sus reclamaciones sobre la tierra.

¿Qué significan sus cuatro elementos?

  • Libre: sin coacción, intimidación ni manipulación.
  • Previo: se solicita con suficiente antelación a cualquier autorización o actividad, respetando los plazos de decisión propios de la comunidad.
  • Informado: información completa y accesible sobre la naturaleza, el alcance, la duración, los riesgos y los beneficios, en un idioma y una forma que la comunidad entienda.
  • Consentimiento: una decisión colectiva, tomada mediante el proceso que la comunidad elija, que puede consistir en dar, negar o retirar posteriormente el consentimiento.

El manual de la FAO para profesionales de proyectos describe el CLPI como un derecho de los pueblos indígenas y una buena práctica con las comunidades locales, que se aplica a través de una serie de pasos.

Errores frecuentes

  • Considerar una sola reunión o una firma como CLPI.
  • Consultar solo a los líderes o solo a los hombres.
  • Obtener el consentimiento después de haber tomado las decisiones.
  • Confundir el CLPI con el consentimiento sobre los datos individual.

El servicio de derechos humanos de Farmer1st puede documentar los procesos de consulta y las reclamaciones comunitarias junto con los datos de las parcelas.

Preguntas frecuentes

¿El EUDR hace referencia al CLPI?

Sí. La legislación pertinente del país de producción incluye «el principio del consentimiento libre, previo e informado (CLPI), también en la forma establecida en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas» (artículo 2, punto 40, letra g).

¿El CLPI es lo mismo que el consentimiento para la recolección de datos?

No. El CLPI se refiere a derechos colectivos sobre tierras y recursos. El consentimiento para el tratamiento de datos personales es una base jurídica individual prevista en la legislación de protección de datos. Ambos importan en los programas de primera milla.

Fuentes

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